diff --git a/CPEUM/073.rst b/CPEUM/073.rst index dc7927ba..2d3908c5 100644 --- a/CPEUM/073.rst +++ b/CPEUM/073.rst @@ -509,6 +509,9 @@ XXIX. Para establecer contribuciones: el Distrito Federal, con base en el principio establecido en el párrafo segundo del artículo 25; + Asimismo, para expedir la ley general en materia de austeridad + republicana. + Y. **X**. Para expedir la ley general que establezca la concurrencia de la federación, las entidades federativas, los municipios y, en su caso, las demarcaciones territoriales de la diff --git a/CPEUM/094.rst b/CPEUM/094.rst index 6f99803f..c39ab74a 100644 --- a/CPEUM/094.rst +++ b/CPEUM/094.rst @@ -68,9 +68,11 @@ serán obligatorias para todas las autoridades jurisdiccionales de la Federación y de las entidades federativas. La remuneración que perciban por sus servicios los Ministros de la -Suprema Corte, los Magistrados de Circuito, los Jueces de Distrito y los -Consejeros de la Judicatura Federal, así como los Magistrados -Electorales, no podrá ser disminuida durante su encargo. +Suprema Corte, los Magistrados de Circuito, los Jueces de Distrito, los +Magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial, los Magistrados +Electorales y demás personal del Poder Judicial de la Federación, no +podrá ser mayor a la establecida para el Presidente de la República en +el presupuesto correspondiente y no será disminuida durante su encargo. Los Ministros de la Suprema Corte de Justicia durarán en su encargo quince años, sólo podrán ser removidos del mismo en los términos del diff --git a/CPEUM/116.rst b/CPEUM/116.rst index 70cc7f81..223ad8f2 100644 --- a/CPEUM/116.rst +++ b/CPEUM/116.rst @@ -137,8 +137,10 @@ III. El Poder Judicial de los Estados se ejercerá por los tribunales que que determinen las Constituciones y las Leyes de Responsabilidades de los Servidores Públicos de los Estados. - los magistrados y los jueces percibirán una remuneración adecuada e - irrenunciable, la cual no podrá ser disminuida durante su encargo. + Los magistrados y los jueces percibirán una remuneración adecuada e + irrenunciable, la cual no podrá ser mayor a la establecida para el + Presidente de la República en el presupuesto correspondiente y no + será disminuida durante su encargo. IV. De conformidad con las bases establecidas en esta Constitución y las leyes generales en la materia, las Constituciones y leyes de los diff --git a/CPEUM/122.rst b/CPEUM/122.rst index 49ef8821..e80c9fbc 100644 --- a/CPEUM/122.rst +++ b/CPEUM/122.rst @@ -126,8 +126,9 @@ A. El gobierno de la Ciudad de México está a cargo de sus poderes sus puestos en los términos que establecen esta Constitución, así como la Constitución y las leyes de la Ciudad de México. Los magistrados y los jueces percibirán una remuneración adecuada e - irrenunciable, la cual no podrá ser disminuida durante su - encargo. + irrenunciable, la cual no podrá ser mayor a la establecida para + el Presidente de la República en el presupuesto correspondiente y + no será disminuida durante su encargo. V. La Administración Pública de la Ciudad de México será centralizada y paraestatal. La hacienda pública de la Ciudad y su diff --git a/CPEUM/127.rst b/CPEUM/127.rst index 3e565031..fae6d2b4 100644 --- a/CPEUM/127.rst +++ b/CPEUM/127.rst @@ -12,12 +12,21 @@ responsabilidades. Dicha remuneración será determinada anual y equitativamente en los presupuestos de egresos correspondientes, bajo las siguientes bases: -I. Se considera remuneración o retribución toda percepción en efectivo o - en especie, incluyendo dietas, aguinaldos, gratificaciones, premios, - recompensas, bonos, estímulos, comisiones, compensaciones y cualquier - otra, con excepción de los apoyos y los gastos sujetos a comprobación - que sean propios del desarrollo del trabajo y los gastos de viaje en - actividades oficiales. +I. La remuneración integral del Presidente de la República incluirá + todas las percepciones en efectivo o en especie y no podrá exceder el + equivalente a 73.04 veces el valor anual de la Unidad de Medida y + Actualización. + + No forman parte de la remuneración los gastos sujetos a comprobación, + los gastos de viaje en actividades oficiales, servicios de seguridad + y, en general, aquellos que sean propios del desarrollo del cargo y + se realicen en el cumplimiento de funciones oficiales reglamentadas y + autorizadas, incluyendo los inherentes al funcionamiento de + residencias, sedes, oficinas e instalaciones asignadas para el + desempeño del cargo, transportes, así como uniformes oficiales, + alimentación, protección civil, equipamientos y demás enseres + necesarios, con excepción de los gastos prohibidos por la ley en la + materia; II. Ningún servidor público podrá recibir remuneración, en términos de la fracción anterior, por el desempeño de su función, empleo, cargo @@ -43,7 +52,11 @@ IV. No se concederán ni cubrirán jubilaciones, pensiones o haberes de V. Las remuneraciones y sus tabuladores serán públicos, y deberán especificar y diferenciar la totalidad de sus elementos fijos y - variables tanto en efectivo como en especie. + variables tanto en efectivo como en especie, identificando los montos + equivalentes a cada concepto, así como el monto mensual que + corresponda. La ley en la materia establecerá los formatos + homologados en el que se deba elaborar y publicar dicha información, + y VI. El Congreso de la Unión y las Legislaturas de las entidades federativas, en el ámbito de sus competencias, expedirán las leyes diff --git a/CPEUM/134.rst b/CPEUM/134.rst index f56dbe19..eac970a1 100644 --- a/CPEUM/134.rst +++ b/CPEUM/134.rst @@ -2,9 +2,10 @@ Los recursos económicos de que dispongan la Federación, las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la -Ciudad de México, se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, -transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén -destinados. +Ciudad de México, se administrarán bajo el principio de austeridad +republicana y en los términos que establezca la ley, con eficiencia, +eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los +objetivos a los que estén destinados. Los resultados del ejercicio de dichos recursos serán evaluados por las instancias técnicas que establezcan, respectivamente, la Federación y @@ -13,6 +14,12 @@ económicos se asignen en los respectivos presupuestos en los términos del párrafo precedente. Lo anterior, sin menoscabo de lo dispuesto en los artículos 26, Apartado C, 74, fracción VI y 79 de esta Constitución. +Los entes públicos ajustarán sus estructuras orgánicas y ocupacionales +de conformidad con los principios de racionalidad y austeridad +republicana, eliminando todo tipo de duplicidades funcionales u +organizacionales, atendiendo a las necesidades de mejora y modernización +de la gestión pública. + Las adquisiciones, arrendamientos y enajenaciones de todo tipo de bienes, prestación de servicios de cualquier naturaleza y la contratación de obra que realicen, se adjudicarán o llevarán a cabo a @@ -28,6 +35,14 @@ bases, procedimientos, reglas, requisitos y demás elementos para acreditar la economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad y honradez que aseguren las mejores condiciones para el Estado. +No podrán adquirirse o contratarse con recursos públicos ningún tipo de +bienes o servicios innecesarios, así como jubilaciones, pensiones y +regímenes especiales de retiro, de separación individualizada o +colectiva, cajas de ahorro especiales, seguros de gastos médicos o +seguros de vida privados u otros que no estén previstos por la ley, +decreto, disposición general, contrato colectivo o condiciones generales +de trabajo. + El manejo de recursos económicos federales por parte de las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, se sujetará a las bases de este artículo y a las leyes