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Ejemplos, Conceptos, DLLs y mas información en general sobre las Impresoras Fiscales en República Dominicana

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Impresoras-Fiscales

Ejemplos, DLLs y mas informacion en general sobre las Impresoras Fiscales en Republica Dominicana

Conceptos Basicos segun la DGII

Una Solución Fiscal es dentro del Sistema Tributario dominicano, es un medio de facturación que, bajo la aprobación y el control de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), deben utilizar los negocios cumpliendo con lo dispuesto por el Decreto 451-08. Pueden abarcar desde una impresora, una caja registradora, hasta una interface fiscal.

Las soluciones fiscales forman parte del Plan Anti-evasión presentado por la DGII a finales del 2004, dándose a conocer con la promulgación del Decreto 451-08 que regula el Uso de Impresoras Fiscales. Debido a que en el 2013 se amplió el universo de equipos disponibles para la regularización de los contribuyentes, donde habían más dispositivos que no eran solo impresoras, la DGII dispuso cambiar el término a Solución Fiscal.

Ventajas de instalar una Solución Fiscal

La instalación de las soluciones fiscales ayuda a la formalización de los negocios y permite tener más control de las ventas realizadas. De esta manera todas las áreas del comercio pueden trabajar bajo las mismas condiciones, aumentando la equidad y disminuyendo la competencia desleal.

¿ Quiénes aplican para instalar una Solución Fiscal ?

Todos los contribuyentes que venden productos o prestan servicios a consumidores finales, aplican para la instalación de Soluciones Fiscales, haciendo solo una excepción con los contribuyentes acogidos al Procedimiento Simplificado de Tributación (PST), que no aplican por ser los negocios más pequeños del país.

Procedimiento a seguir para instalar una Solución Fiscal:

Para la regularización de un negocio, se toman en cuenta las siguientes situaciones:

Los contribuyentes que tienen operando mucho tiempo con su sistema y por el costo invertido en el mismo, no desean cambiarlo, éstos tienen la opción de hacerlo fiscal, sin ningún costo, solo solicitando a la DGII la homologación del sistema y cumpliendo con los requisitos para este procedimiento, comprar la impresora fiscal y realizar su instalación. Los contribuyentes que tienen un sistema obsoleto y desean cambiarlo, solo deben adquirir el que más se ajuste a sus necesidades de los publicados en nuestro portal, comprar la impresora fiscal y realizar su instalación. Los contribuyentes que no usan sistema para facturar, y todas sus ventas son manuales, puedan optar por un combo fiscal o una caja registradora, ambos equipos tienen integrados el sistema y la impresora fiscal, por lo que con solo adquirir uno de estos equipos ya hace fiscal su negocio.

Características principales de una Solución Fiscal:

Una de las características principales de una Solución Fiscal es que almacenan los datos de las ventas del contribuyente para ser remitidas a la DGII mensualmente. Estos equipos tienen un precinto de seguridad en la parte trasera, que ayuda a resguardar la memoria fiscal que contiene todas las operaciones de venta.

Otra de las características que tiene, es imprimir facturas con el NIF (Número de Impresora Fiscal) que consta de 16 posiciones, las primeras 6 identifican la Solución Fiscal y las otras 10 posiciones son el consecutivo de las ventas.

Cada vez que se instale una Solución Fiscal, el suplidor debe entregar al contribuyente una bitácora física o libro de servicios en el cual se anotarán todos los movimientos del equipo, desde su instalación, reparación, traslado, entre otros. Estos mismos eventos deben ser registrados en una herramienta electrónica a través de la Oficina Virtual.

Obligaciones de los contribuyentes que usan soluciones fiscales:

Las obligaciones principales de los contribuyentes que usan las soluciones fiscales son:

Remitir los libros de venta mensual, a más tardar 15 días después de cierre de mes. Dichos archivos se deben generar de forma diaria en cada impresora, y luego uno por mes por sucursal, según lo establecido en el Decreto 451-08. Actualizar las bitácoras (física y electrónica) en un plazo de 3 días luego de ocurrido el evento. Para cumplir con estas obligaciones el contribuyente debe solicitar a Oficina Virtual (ya sea llamando al teléfono 809-689-3444 opción 2. o vía correo electrónico: oficinavirtual@dgii.gov.do un usuario para tales fines, con las opciones de “Envío de los Libros de Venta” y “Bitácora Electrónica”.

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